PRIMERA TRANSEXUAL QUE ACCEDE AL MATRIMONIO EN BOLIVIA

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Septiembre del 2017

Esta nota la realizamos para aclarar toda duda respecto a la decisión que una compañera transexual que funje como Secretaria de Juventudes del Colectivo TLGB de Bolivia, que es el ente nacional de coordinación de las organizaciones departamentales y que por su característica de base social, democrática e inclusiva, fue elegida en Congreos Nacional en Septiembre de 2016, en la ciudad de Cochabamba.

La compañera que responde al nombre de Luna Humerez, se acogió a la Ley 807 de indentidad de género a fines del año 2016 y fue la primera mujer transexual a la que se le entregó el carnet de identidad, junto a otra compañera llamada Pamela Valenzuela y en cuya oportunidad hubieron numerosos medios de comunicación por tratarse de una noticia histórica para el país.

En diciembre del mismo año, Luna tuvo una ceremonia de matrimonio que, tras muchas dificultades, se realizó bajo la protección de las leyes vigentes y la nueva ley promulgada en mayo del mismo año. Los medios de comunicación difundieron la noticia varias semanas luego de realizad la ceremonia y, como se podría prever, la noticia fue ampliamente difundida por medios nacionales e internacionales.

El hecho en sí levantó mucho polvo y raspaduras ya que fueron los miembros de una organización antagónica al Colectivo TLGB Bolivia y algunos líderes de su misma organización que criticaron el proceder de Luna por el riesgo en el que ponía a la Ley porque ya se había concretado el ingreso de un Recurso Abstracto de Inconstitucionalidad de la Ley por parte de asambleístas conectados con las más radicales tendencias religiosas del país y que, según las críticas establecidas en esos momentos, Luna habría actuado a pesar de todas las peticiones de no realizar su matrimonio por los riesgos que representaba a nivel mediático un acto de este tipo ya que podnría en entredicho las declaraciones previas a la promulgación de la Ley en las cuales se admitía que sóolo se trataba de una norma para modificar el estatus ciudadano de transexuales y transgéneros del país en sus documentos, pero que no representaba ningún riesgo relacionado a la adopción de hijos ni al acceso al matrimonio por parte de parejas del msimo sexo.

Ya en su momento, la Presidenta del Tribunal Electoral del Estado Plurinacional de Bolivia, Lic. Katia Uriona, envió un instructivo al CERESI (y que se hizo público muy rápidamente) en el cual señala que un ciudadano o ciudadana que se haya acogido a la Ley 807 está habilitada/o en el ejercicio pleno de sus derechos con su nueva identidad. En el caso de Luna, ella simplemente ha ejercido su derecho con su nueto estatus de mujere plena y frente a esta nueva identidad legal, ella es reconocida por el Estado como un mujer en pleno derecho.

Es muy importante leer este artñiculo con mucho detenimiento ya que en una era de conquista de derechos humanos y de avance en el ejercicio de la ciudadanía de personas que han sido relegadas y discriminadas de una manera sistemática por un Estado que no las reconocía como ciudadanas, se van a dejar ver situaciones altamente reaccionarias, pero que en le trnscurso del tiempo va a llegar a ser tan cotidiano que no nos va a extrañar como sociedad que quienes antes fueron separados ahora son incluidos con todos sus derechos. Casos como las personas transexuales y transgéneros en este caso, aligual que las personas con discapacidad, o las personas con piel oscura que hace poco tiempo no eran consideradas seres humanos y por ello no tenían ningún derecho ciudadano, lo mismo que aquellas que por haber nacido con una vagina eran situadas un peldaño abajo de la escala social y no podían ni votar.


PRIMERA TRANSEXUAL QUE ACCEDE AL MATRIMONIO EN BOLIVIA

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Septiembre del 2017

Esta nota la realizamos para aclarar toda duda respecto a la decisión que una compañera transexual que funje como Secretaria de Juventudes del Colectivo TLGB de Bolivia, que es el ente nacional de coordinación de las organizaciones departamentales y que por su característica de base social, democrática e inclusiva, fue elegida en Congreos Nacional en Septiembre de 2016, en la ciudad de Cochabamba.

La compañera que responde al nombre de Luna Humerez, se acogió a la Ley 807 de indentidad de género a fines del año 2016 y fue la primera mujer transexual a la que se le entregó el carnet de identidad, junto a otra compañera llamada Pamela Valenzuela y en cuya oportunidad hubieron numerosos medios de comunicación por tratarse de una noticia histórica para el país.

En diciembre del mismo año, Luna tuvo una ceremonia de matrimonio que, tras muchas dificultades, se realizó bajo la protección de las leyes vigentes y la nueva ley promulgada en mayo del mismo año. Los medios de comunicación difundieron la noticia varias semanas luego de realizad la ceremonia y, como se podría prever, la noticia fue ampliamente difundida por medios nacionales e internacionales.

El hecho en sí levantó mucho polvo y raspaduras ya que fueron los miembros de una organización antagónica al Colectivo TLGB Bolivia y algunos líderes de su misma organización que criticaron el proceder de Luna por el riesgo en el que ponía a la Ley porque ya se había concretado el ingreso de un Recurso Abstracto de Inconstitucionalidad de la Ley por parte de asambleístas conectados con las más radicales tendencias religiosas del país y que, según las críticas establecidas en esos momentos, Luna habría actuado a pesar de todas las peticiones de no realizar su matrimonio por los riesgos que representaba a nivel mediático un acto de este tipo ya que podnría en entredicho las declaraciones previas a la promulgación de la Ley en las cuales se admitía que sóolo se trataba de una norma para modificar el estatus ciudadano de transexuales y transgéneros del país en sus documentos, pero que no representaba ningún riesgo relacionado a la adopción de hijos ni al acceso al matrimonio por parte de parejas del msimo sexo.

Ya en su momento, la Presidenta del Tribunal Electoral del Estado Plurinacional de Bolivia, Lic. Katia Uriona, envió un instructivo al CERESI (y que se hizo público muy rápidamente) en el cual señala que un ciudadano o ciudadana que se haya acogido a la Ley 807 está habilitada/o en el ejercicio pleno de sus derechos con su nueva identidad. En el caso de Luna, ella simplemente ha ejercido su derecho con su nueto estatus de mujere plena y frente a esta nueva identidad legal, ella es reconocida por el Estado como un mujer en pleno derecho.

Es muy importante leer este artñiculo con mucho detenimiento ya que en una era de conquista de derechos humanos y de avance en el ejercicio de la ciudadanía de personas que han sido relegadas y discriminadas de una manera sistemática por un Estado que no las reconocía como ciudadanas, se van a dejar ver situaciones altamente reaccionarias, pero que en le trnscurso del tiempo va a llegar a ser tan cotidiano que no nos va a extrañar como sociedad que quienes antes fueron separados ahora son incluidos con todos sus derechos. Casos como las personas transexuales y transgéneros en este caso, aligual que las personas con discapacidad, o las personas con piel oscura que hace poco tiempo no eran consideradas seres humanos y por ello no tenían ningún derecho ciudadano, lo mismo que aquellas que por haber nacido con una vagina eran situadas un peldaño abajo de la escala social y no podían ni votar.



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